ONG documentaron uso de lacrimógenas como proyectil, lo cual está prohibido


Dice el artículo 21 de la resolución 113 del Ministerio del Interior, vigente desde el 18 de abril de 2011, lo siguiente: “(Los efectivos en funciones de contención de manifestaciones y orden público) extremarán las precauciones para el uso de agentes químicos en forma estrictamente localizada y se abstendrán de propulsarlos en forma directa contra las personas, evitando sus consecuencias letales o lesivas. No emplearán la fuerza contra las personas que se retiren o caen mientras corren y que no participan en actos violentos salvo la estrictamente necesaria para efectuar una aprehensión en caso de flagrancia en la comisión de un delito”…Más

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